En España, las dos pagas extras en junio y diciembre están en el Estatuto de los Trabajadores. Llegas a Suiza y preguntas por el equivalente, y te dicen que aquí no hay nada así por ley. Lo que hay es el 13° salaire, que no está en ningún código federal, pero que sin embargo lo cobra una parte muy significativa de los trabajadores suizos. La diferencia está en el contrato y en el convenio colectivo del sector.
En concreto: si en tu contrato individual figura el derecho al 13° salario, ese derecho es jurídicamente vinculante. Tu empresa está obligada a pagarlo, exactamente igual que el sueldo mensual. Lo mismo si trabajas en un sector cubierto por una CCT que lo incluya: construcción, hostelería, química, banca, industria relojera, comercio al por menor. Hay decenas de convenios que lo contemplan. Si no lo buscas expresamente, puedes pasarte años sin saber si tienes derecho a él o no.
Generalmente se paga en diciembre, aunque algunas empresas lo dividen en dos veces, en junio y en diciembre. El importe equivale a un mes de sueldo completo. Y cuando dejas el trabajo antes de finalizar el año, tienes derecho a cobrar la parte proporcional correspondiente a los meses trabajados. No es un favor de la empresa, es lo que dice el Código de Obligaciones cuando el derecho existe. Lo que ocurre en la práctica es que mucha gente ni siquiera sabe que tiene ese derecho, y se va sin reclamarlo.
Para saber si te corresponde, el primer paso es releer tu contrato. El segundo, identificar si tu sector tiene una CCT vigente. El SECO publica el listado actualizado. Y si tienes dudas, vale la pena preguntar directamente a HR o al sindicato, porque en este país nadie te va a venir a explicar espontáneamente lo que tienes derecho a cobrar.